Convocatoria ayudas PREDOCTORALES DGA 2026-2030
Publicada la nueva convocatoria de subvenciones destinadas a la contratación de personal investigador predoctoral en formación para el período 2026-2030 del Gobierno de Aragón.
El procedimiento para presentarse a esta convocatoria es el siguiente:
1º Se abre un plazo a partir del 19 de junio y hasta el 14 de julio de 2026 para que los centros y organismos, así como las universidades presentemos las solicitudes electrónicas con los mínimos datos del proyecto, de la dirección del mismo y del personal investigador en formación candidato.
Es IMPORTANTE para poder presentar la solicitud de los candidatos disponer de estos datos antes del 7 de julio:
2º Una vez transcurrido este plazo, se dará acceso a una plataforma electrónica (PIP) en la que los candidatos y candidatas puedan aportar todos los datos y documentación en relación con su titulación, C.V. y méritos, memoria del proyecto, C.V. de la dirección del mismo y, en su caso, de la codirección. Para ello es imprescindible que dispongan de certificado electrónico, tanto para acceder como para firmar la presentación de la documentación. El acceso a la plataforma “PIP” para la aportación de dicha documentación estará disponible desde el 15 de julio hasta el 31 de julio de 2026.
Requisitos del personal investigador predoctoral en formación (PIF)
- Estar en posesión de un título o títulos universitarios con al menos 300 ECTS, según lo que dispone la orden de convocatoria.
- Haber finalizado los estudios que dan acceso al doctorado en las fechas señaladas en la convocatoria.
- Estar ya matriculado en una escuela de doctorado de las universidades que desarrollan su actividad en Aragón, o admitido o preadmitido en un programa de doctorado de dichas universidades a partir del curso que comienza en el año de publicación de la convocatoria, debiendo estar matriculado en el momento de la formalización del contrato.
- Tener una nota media ponderada igual o superior a 6 (en escala de 0 a 10) en el expediente académico completo correspondiente a los estudios con los que se accede a un programa de doctorado.
- No poseer título de doctorado.
- No ser persona beneficiara ni haber disfrutado de ayuda, ni suscrito contrato predoctoral.
- Tener residencia legal en España.
Requisitos de la persona directora, y en su caso codirectora, de la investigación
- Poseer el título de doctorado tanto la persona directora, como codirectora.
- La persona directora deberá tener vinculación laboral, funcionarial o estatutaria con el centro u organismo de investigación solicitante, con las condiciones recogidas en la orden de convocatoria.
- La persona codirectora deberá tener vinculación laboral, funcionarial o estatutaria con el centro u organismo de investigación solicitante, en caso de que la persona directora no cumpla con el requisito anterior, con las previsiones de la orden de convocatoria.
- Solo podrá constar como persona directora o codirectora en una solicitud.
